Present Truth Magazine http://www.presenttruthmag.com El Patrón de la Historia de la Redención 5 Cristo: El Significado de la Ley Antiguotestamentaria Los actos pactales de justicia y de juicio, en el Antiguo Testamento, reflejan o retratan la muerte y resurrección de Cristo. El evento mesiánico es un acto pactal (Mat. 26:28; Luc. 1:72), de justicia (Rom. 1:17; 3:21-26) y de juicio (Juan 12:31; Heb. 9:27, 28). Cada uno de estos tres aspectos del acto de Dios en Cristo ameritan una presentación completa. Pero sólo podemos mostrar brevemente cómo este gran acto de Dios, al igual que los actos simbólicos del Antiguo Testamento, es tanto punitivo como salvador. Es una manifestación de la ira tanto como de la misericordia divina. Algunos reconocen las metáforas legales y jurídicas del Nuevo Testamento, pero las conciben sólo como un elemento entre tantos otros. Tales eruditos enfatizan que el Nuevo Testamento usa también metáforas pastorales, domésticas, médicas, horticulturales y demás. Dicen ellos: "Las metáforas legales sólo pueden atraer a cierta clase de gente-a los que son bastante desafortunados como para tener una mente legal-pero nosotros preferimos las metáforas más atractivas". Por supuesto que el Nuevo Testamento usa en la predicación de Cristo otros simbolismos distintos del legal. Pero el motivo legal es abrumadoramente central. Junto con el elemento histórico, forma el marco de la teología novotestamentaria. Los que deseen tratar de comprender el mensaje del Nuevo Testamento deben aceptar el elemento jurídico de la teología bíblica. Es irrelevante lo que piensen de esto, es decir, si resulta o no atractivo para ellos. Y si quieren evitar malentenderlo o distorsionarlo deben prestar atención al marco evangélico dado por Dios. Algunos han dicho que la presentación del Evangelio, en su marco histórico y legal, es demasiado fría e impersonal; que deja el corazón intacto e impasible. Pero tenemos que cuidarnos de acusar a Dios de escoger un marco pobre para el Evangelio, como si nosotros supiéramos alcanzar el corazón mejor que él. Mientras que el atractivo del Nuevo Testamento no está dirigido a las emociones, es mucho más efectivo que muchas aproximaciones sentimentales, cuando de alcanzar al hombre en el centro de su existencia se trata. La divina "raíz de tierra seca" puede satisfacer mejor las necesidades del hombre que nuestros propios inventos. Algunos dicen: "Debemos actualizar el Evangelio". Pero lo que frecuentemente quieren decir es: "Debemos moldear y formar el Evangelio de acuerdo a nuestro propio gusto Huyendo de los elementos legales o jurídicos del Evangelio se ha dejado ver una estampida de teólogos, pastores y laicos. El efecto de tal cosa sobre la iglesia ha ido devastador. La preocupación por la trivialidad interna desplaza a la justificación mediante una justicia imputada. El mensaje del Nuevo Testamento quedó tan "personalizado", "internalizado" e "individualizado" que se ha constituido en algo que nunca se intentó que fuera. Debemos volver a la Biblia y escuchar lo que dice y cómo lo dice, sea que nos guste o no. La Palabra de Dios es nuestra medicina. Puede que esa medicina no sea, de primera intención, agradable a nuestro gusto pervertido. El Marco Legal de la Teología Paulina La teología paulina tocante a la cruz abunda en metáforas legales. Sin duda, el adiestramiento de Pablo como abogado y juez lo capacitaron para el uso familiar de conceptos jurídicos. Pero existe una razón de mayor importancia para el lenguaje jurídico que Pablo utiliza. Como judío, Pablo estaba sumergido en el Antiguo Testamento. El predicó a Cristo desde el trasfondo del Antiguo Testamento. Este trasfondo es tanto histórico como legal. Derret afirma: Pablo es muy directo. Predicó a Cristo crucificado y se gloria en la cruz . . . Pablo saca a la luz suavemente el significado de ese evento en un marco estrictamente legal. Su uso de las metáforas legales no es sorpresivo, dado que, en todo caso, él fue educado como jurista, y la metáfora legal constituía un buen estilo, en una época cuando la ley era una vocación prestigiosa... . No se apela directamente a las emociones, sino a las creencias existentes en relaciones conocidas; de hecho, a la ley. . . Parece decir que Cristo murió a fin de lograr realidades que pueden expresarse sólo en términos de ley, y que obtienen así total y adecuadamente su expresión. Con nuestra falta de interés en la ley y por una extensa heren cia de antipatía hacia los abogados, encontramos difícil no objetar esta elección de lenguaje.' Redención y Rescate (Rom. 3:24; Mar. 10:45; 1 Tim. 2:5, 6). Esta idea antiguotestamentaria está relacionada con la exoneración de una deuda, mediante el pago de un precio. A la vez que frecuentemente significa liberación, es siempre una liberación costosa. Cuando un hombre quedaba endeudado, se le podía quitar su herencia y venderlo como esclavo. Sin embargo, su pariente más ercano podía redimirlo. La brecha abierta en el pacto dejó al hombre en deuda con la ley de Dios. El pecado es una deuda (Mat. 6:12). Por consiguiente, el hombre perdió su herencia y fue vendido a los poderes enemigos. Cristo tomó la naturaleza humana y se constituyó en nuestro pariente más cercano. Cancelando la factura de nuestra deuda mediante su muerte en la cruz (Col. 2:14) nos redimió de la maldición de la ley (Gál. 3:13). También nos libró, por este medio, del control de los poderes hostiles (Col. 2:15).2 Por lo tanto, la redención es un concepto legal. Reconciliación (Rom. 5:10; 1 Cor. 5:18, 19; Col. 1:20-22). La reconciliación de la que Pablo nos habla aquí no es una cosa hecha en el hombre. Aquí la palabra no significa un cambio de actitud en el hombre, que lo capacita para contemplar a Dios en una luz amistosa. Más bien, es algo completamente objetivo. La reconciliación fue obrada y concluida mientras todavía éramos enemigos de Dios. Fue una transacción pactal entre Dios y Cristo. Pero fue una transacción hecha a nuestro favor y provecho. Por su muerte, Cristo quitó las barreras que impedían a un Dios justo acercarse para confraternizar con los pobres y perdidos pecadores. La barrera del pecado da al hombre un estado de culpabilidad ante la santa ley. La culpa es un concepto legal, y debe eliminarse mediante una transacción legal. Propiciación (Rom. 3:25). Probablemente esta palabra se acerca más al concepto hebreo de expiación. La palabra propiciación (lilas terion) viene de la palabra usada ara el propiciatorio o tapa del arca en el lugar santísimo (Heb. 9:5). La palabra hebrea para esta cubierta del arca es kaporeth. Puede traducirse como "lugar de la expiación", porque el sumo sacerdote asperjaba sobre ella la sangre de la ofrenda del pecado siete veces, haciendo, por consiguiente, la expiación de los pecados de Israel (Lev. 16). Por supuesto que, todo esto está relacionado con la ley de Dios, porque la ley estaba depositada en el arca, debajo del kaporeth. Por su naturaleza misma, la ley es penal. Demanda una satisfacción por su violación. Sin derramamiento de sangre no hay remisión del pecado (Heb. 9:22). Lutero tradujo la palabra kaporeth con una palabra alemana que significa "asiento de la misericordia". Pero sería igualmente correcto llamarlo "asiento de la justicia". Se extiende la misericordia al pecador sólo porque se hizo justicia en la muerte de una Víctima sustitutiva. También la palabra griega jilasterion lleva la idea de aplacar a una persona ofendida o mitigar la ira. C. H. Dodd trató de ablandar el concepto bíblico de la ira de Dios y de probar que propiciación quiere decir expiación. Redención Entonces se puso de moda la costumbre de remover totalmente el concepto de la ira de Dios. Sin embargo, Leon Morris probó que no es posible eliminar ninguno de los dos: ni el siguificado obvio de la propiciación ni el concepto de la ira de Dios.3 El santo carácter de la ley de Dios demanda de él acción contra el pecado. La ley de Dios es una expresión de su santa auto-consistencia. No nos atrevemos a perder de vista la forma como Dios se horroriza ante el mal y lo detesta tanto como a los obradores de maldad. El que no tenga pasión contra el mal, no tendrá pasión por el bien. Dios no es un griegoestoico. Como es un Dios de ley, podemos saber que su ira no es ni impredecible ni vengativa. Sus actos siempre están en armonía con su ley. Podemos estar seguros de que él llevará a efecto su pacto con una fidelidad invariable. También debemos recordar que, en la obra de propiciar su ira, Dios no castigó a un tercer incumbente. El mismo Legislador cargó con la penalidad del pecado y agotó su ira. El proveyó la expiación (Lev. 17:11). "Ciertamente, Dios estaba en Cristo reconciliando el mundo a si... "(2 Cor. 5:19). La expiación no induce a Dios a amar a los que él odiaba. Porque nos amaba envió a su Hijo para ser la propiciación por nuestros pecados (1 Juan. 4:10). La mayoría de los problemas relacionados con la propiciación se derivan de un intento de comprender la expiación aparte de sus relaciones judiciales. Si partimos de la premisa antiguotestamentaria de que Dios es un Dios de ley, y que la ley, por su naturaleza misma, es inexorable y penal, la muerte de Cristo debe contemplarse entonces como castigo jurídico del pecado. Representación y Sustitución. El principio de la representación es la lección de aquellos pasajes donde a esús se lo presenta como el Nuevo Adán (Rom. 5:12-19; 1 Cor. 15:22). También está implícito en la mayoría de las menciones de la frase paulina "en Cristo" (P. ej. Efe. 1:1-10). La representación significa que Dios actúa a nombre nuestro y a nuestro favor. Es un concepto legal. Pero eso no es todo. No puede eliminarse el carácter legal sin vaciar de su significado bíblico esencial a la representación. La sustitución significa que lo que Cristo hizo, especialmente en la cruz, fue hecho por nosotros. Fue por nosotros en el sentido de que fue hecho en nuestro lugar. Cristo dió "su vida en recate por muchos" (Mar. 10:45). En este texto la palabra por viene de la palabra anti, que significa "en lugar de". También Pablo dice que Cristo "se dió a sí mismo en precio del rescate [antilutron-que literalmente significa rescate en lugar de, o rescate sustitutivol por todos" (1 Tim. 2:6). En muchos otros lugares Pablo declara que Cristo murió por nosotros; que fue hecho maldición por nosotros, etc. (1 Cor. 15:3; Gál. 3:13). En estos lugares, la palabra "por" viene del griego huper. Aunque huper no significa literalmente "en lugar de", no obstante, es imposible eliminar este sentido de muchos pasajes. La idea de que el sufrimiento y la muerte de uno pudiera aceptarse en lugar de otros es totalmente jurídica. Este es el mismo elemento que muchos han tratado febrilmente de abolir. Sería mucho mejor que los oponentes de la salvación jurídica admitieran lo que Marcio admitió cuando quiso deshacerse del libro de Apocalipsis. El dijo que era sencillamente "demasiado judío". La salvación, como se concibe en líneas jurídicas, no puede eliminarse ni de Pablo ni de ninguna otra parte del Nuevo Testamento. Imputación. Las palabras imputar, contado, atribuir y acreditar provienen de la palabra griega logizomai, que aparece once veces en Romanos 4. El creyente tiene justicia imputada o atribuida a si (Rom. 4:6). Esta es la justicia de Uno (Rom. 5:18, 19). Pablo no está hablando de la experiencia del creyente, sino de su estado en el juicio de Dios. La imputación de nuestros pecados a Cristo (Rom. 5:19-21) y de su justicia a nosotros trata con realidades legales. Ni la imputación del pecado ni la de la justicia significan un cambio de carácter. Significan un cambio de posición legal. La imputación en sí misma no cambia el carácter moral del objeto. Pero si cambia la forma como se considera al objeto. ¡Y ciertamente el Calvario es una prueba de esto! Los que rechazan el marco jurídico del pensamiento bíblico ridiculizan este mensaje paulino de "justicia imputada" llamándolo "tontería imputada" y "ficción legal". Queremos contestar, junto con Lutero, a todos los que prescinden de las categorías legales y dicen que lo único que importa es la transformación moral, que si es así, Cristo trabajó ciertamente en vano y sufrió locamente sobre la cruz. ¿Por qué no se quedó más bien en el cielo y salvó a la humanidad, impartiéndole una transformación moral? Con todo, la expiación fue una transacción judicial totalmente fuera del dominio de nuestra transformación moral. La Justicia de Cristo (Rom. 5:18, 19). La justicia que Dios imputa a la fe es la justicia de Cristo (Rom. 4:3-6; 5:18-19). Esta justicia consiste en su fidelidad pactal. A nuestro favor, él obedeció perfectamente la ley divina (compárese Rom. 2:6-16; 5:18). Juan Calvino se apoya en las Escrituras, cuando dice: "La justicia consiste en la Significado de la Ley Antiguotestamentaria observancia de la ley".~ "Porque si la justicia consiste en la observancia de la ley, ¿quién negará que Cristo ameritó para nosotros la gracia cuando, tomando sobre sí mismo la carga, nos reconcilió con Dios como si nosotros hubiésemos guardado la ley?"~ Por tanto, la justicia de Cristo, siendo que está relacionada con la ley, es un concepto legal. Justificación. El tema central de Romanos y de Gálatas es la justificación por la fe. Cuando hablamos de justificación, estamos usando terminología de corte. Es una palabra que se relaciona con el día del juicio (Rom. 2:13-16). Significa ser "declarado justo por veredicto divino" (Schrenk) o ser "enmendado ante la ley" (A. H. Strong). En sí mismo, el ser justificado no significa recibir un cambio de carácter.6 Significa que el estado legal de uno ha cambiado. La justificación por la fe es inseparable de la obra de Cristo en la cruz porque es la aplicación salvadora de ésta al creyente. Jesús fue "contado entre los transgresores" en el Calvario. Esto no hizo de él un hombre pecaminoso en carácter. Lo constituyó en pecador sí, en lo que a su estado legal correspondía. Los que se burlan de la naturaleza puramente foránea de la justificación mediante una justicia imputada atacan la naturaleza puramente foránea de la condenación de Cristo por causa del pecado imputado. En gran parte del panorama religioso contemporáneo, la justificación por la fe es tenida como algo obsoleto y sin sentido, por haberse abandonado el marco legal del pensamiento bíblico. No se permitió que el Evangelio condujera a la gente a amar y reverenciar la ley de Dios, como lo hace el hombre del salmo 119. "Por cuanto la intención de la carne es enemistad contra Dios: porque no se sujeta a la ley de Dios, ni tampoco puede" (Rom. 8:7). La Justicia de Dios (Rom. 1:16, 17). Pablo dice que no se averguenza del Evangelio porque en él se revela la justicia de Dios. Lo sorprendente del Evangelio de Pablo es que declara que la justicia de Dios significa salvación para todos los que creen. Hay una fuerza viril en el Evangelio. Cuando se lo pone en su marco bíblico, nos muestra que Dios no sólo está en la empresa de salvar a la gente, sino en el interés también de salvarla justicieramente. En todo el proceso mediante el cual el creyente pecador es justificado y recibe la vida eterna, se mantiene y se honra a la ley. Cuando justifica al creyente, Dios aparece como justo (Rom. 3:26). La ley no queda anulada sino establecida (Rom. 3:31).~ Esto nos recuerda otra vez lo que la Biblia quiere dar a entender por el poder de Dios. No significa una fuerza ruda. En la administración divina, el poder es primeramente poder de derecho. Hay algunas cosas que Dios no puede hacer. El no puede mentir, ni puede ser injusto. Y si el hombre ha de ser salvo, debe ser salvo en una forma que satisfaga las demandas más elevadas de la justicia divina. Debe satisfacer también el sentido humano de justicia, toda vez que el hombre fue hecho a imagen de Dios. Un perdón injusto, ilegal y barato no daría satisfacción ni a la Corte del Cielo ni a la corte de la conciencia humana. Por lo tanto, Dios debe establecer su derecho de salvar al pecador que cree. Esto fue lo que costó a la Deidad una auto-entrega infinita. Podemos ver una ilustración de este aspecto en los asuntos de cualquier sociedad humana que tenga una vislumbre de justicia. Tomemos, por ejemplo, el caso de Patricia Hearst. Su encarcelamiento o libertad no dependían de poder acumular suficiente fuerza policiaca o militar. La batalla real sobre la suerte de esta mujer fue legal. Aquí fue donde la familia Hearst empeñó sus recursos. Una vez quedó establecido legalmente en corte el derecho para tomar cierto curso de acción, la reclusión o libertad eran sólo una conclusión inevitable. En una sociedad organizada, el derecho no procede de la fuerza. La fortaleza proviene del derecho. También así en materias gubernamentales y de grandes negocios, el poder para actuar se deriva de los procedimientos legales. Cuando esto cesa, toda sociedad decente llega a su fin y prevalece entonces "la ley de la selva"-la fuerza bruta. Nuestro destino eterno no descansa sobre una ira vengativa ni sobre un amor impulsivo. La paz establecida sobre la sangre de la cruz es una paz justa y perdurable. No podemos prescindir de las categorías legales de la salvación bíblica sin comprometer la justicia de Dios y la seguridad del creyente. Por esto es que una investigación de las palabras y conceptos paulinos más prominentes prueban que el apóstol descubre el significado del evento mesiánico en el marco de la jurisprudencia antiguotestamentaria. El Marco Legal de la Teología de Juan Nos volvemos ahora a la teología de un escritor bíblico que frecuentemente es tenido como quien enfatiza lo místico más bien que los aspectos jurídicos de la religión cristiana. Por supuesto, nos referimos a Juan, el apóstol del amor. Recientemente, algunos eruditos han despertado a una nueva apreciación del pronunciado carácter judaico del Evangelio de Juan. Indiscutiblemente, el carácter judío del Apocalipsis de Juan es algo reconocido ya por mucho tiempo. Todo el libro es un mosaico de textos o alusiones a lugares, personas o instituciones del Antiguo Testa- mento. El Evangelio de Juan también refleja su trasfondo judío antiguotestamentario. Por lo tanto, no debemos sorprendernos al encontrar que él presenta su Evangelio en un marco legal. En su brillante ensayo sobre la justificación, Preiss muestra incisivamente que el elemento jurídico es tan prominente en Juan como lo es en Pablo. Este aspecto ha sido extrañamente descuidado por los exégetas y más aún, de ser esto posible, por los que han tratado de dar una perspectiva, a vuelo de pájaro, del pensamiento de Juan; quiero decir, del aspecto jurídico. Es un hecho elemental, evidente y tan simple que me siento inclinado a pedir disculpas por hacer de ello un objeto de estudio; a saber, que sean notablemente frecuentes los usos de términos y argumentos jurídicos en los Evangelios y las Epístolas-tales como el Cristo enviado, testigo, juez, juicio, acusar, convencer, Paracleto. Aún aquellos términos de carácter más bien místico, como luz y verdad, revelan, al ser considerados desde este punto de vista, un marcadísimo énfasis jurídico: La verdad es contrastada menos con el error que con la falsedad, y menos con la falsedad en general que con un falso testimonio; y Jesús es la luz que juzga, y el que también derrama luz en este mundo oscuro y siniestro como decimos.... Los únicos textos donde el verbo "testificar" lleva el mero sentido impreciso de " declarar solemnemente" son 4:44 y 13:21. En todos los demás lugares, tanto el verbo como el nombre connotan un hecho que es, a una misma vez religioso y jurídico, concebido en el marco de un litigio legal. En el 8:17, se hace alusión al principio jurídico de Deut. 17:6; 19:15, que requiere dos o tres testigos. "Tú de ti mismo das testimonio; tu testimonio no es verdadero. Respondió Jesús y díjoles: Aunque yo doy testimonio de mí mismo, mi testimonio es verdadero, porque sé de dónde he venido y a dónde voy. Vosotros según la carne juzgáis; mas yo no juzgo a nadie. Y si yo juzgo, mi juicio es verdadero; porque no soy solo, sino yo y el que me envió. Y en vuestra ley está escrito que el testimonio de dos hombres es verdadero. Yo soy el que da testimonio de mí mismo; y da testimonio de mí el que me envió, el Padre" (8:13-18). Podría suponerse que Jesús usa aquí las categorías legales de testigo, dar testimonio y juicio para contestar meramente las acusaciones que le levantaron los fariseos de haber testificado falsamente. Pero en otras ocasiones, el Cristo de Juan recurrió a estos temas espontáneamente. En el solemne monólogo que corona la entrevista con Nicodemo, declara que, considerando que es el Hijo de Dios, es también el único testigo ocular del mundo celestial (3:11-13) y explica más adelante que no desea ser el juez que condena, sino sólo el Hijo que salva. Pero que siendo la luz, provoca el juicio: los que creen, vienen a la luz que revela que sus obras son buenas, los que no creen, la evaden para que sus obras no sean descubiertas. Un poco más adelante (3:32-33), leemos que el que viene de arriba '1o que vió y oyó, esto testifica; y nadie recibe su testimonio. El que recibe su testimonio (otra expresión jurídica), éste signó que Dios es verdadero. Porque el que Dios envió, las palabras de Dios habla Puede percibirse claramente la conexión íntima entre testificar y el Enviado. El Hijo del hombre fue enviado de arriba para ser un Embajador, según interpretaba la ley rabínica el término: como un testigo que, debido a que vió y oyó al Padre, lleva toda la autoridad de un plenipotenciario. Después de anunciar el juicio y la resurrección, que como Hijo del hombre mismo llevará a efecto, Jesús declara (5:30): "No puedo yo de mí mismo hacer nada; como oigo, juzgo; y mi juicio es justo; porque no busco mi voluntad, mas la voluntad del que me envió, del Padre. Si yo doy testimonio de mí mismo, mi testimonio no es verdadero. Otro es el que da testimonio de mí; y sé que el testimonio que da de mí, es verdadero. Vosotros enviásteis a Juan, y él dió testimonio a la verdad. Empero yo no tomo el testimonio de hombres; . . Mas yo tengo mayor testimonio que el de Juan; porque las obras . . . que yo hago, dan testimonio de mí, que el Padre me haya enviado Luego Jesús afirma que es el único testigo que vió y oyó al Padre; que las Escrituras dan testimonio de él (verso 39); que no recibe gloria de los hombres; que los judíos no tienen la Palabra y el amor de Dios en ellos (versos 38-42); que Jesús no los acusará ante el Padre; que será Moisés quien los acusará, aquel en quien ellos fundaron sus esperanzas (versos 45, 46). Hasta aquí tenemos una serie completa de temas interconectados: Jesús es el Testigo del mundo celestial; como tal, es el Juez del fin. Pero él no intenta ser el acusador de los judíos. Su kategor-es bien conocido que este término jurídico griego pasó a formar parte del lenguaje jurídico y religioso de los judíos a la misma vez que su antónimo ouvi'~-yopo~ [sunegoros~ o 2tclpaK?&flTO; [parakletosJ-sería Moisés, quien ellos creían ser abogado defensor e intercesor en el día del juicio. Jesús vuelve a estos temas cuando dirige sus últimas palabras a los judíos (12:35-36, 44-50): .... . yo no le juzgo; porque no he venido a juzgar al mundo, sino a salvar al mundo. El que me desecha, y no recibe mis palabras, tiene quien lo juzgue: la palabra que he hablado, ella le juzgará en el día postrero. Porque yo no he hablado de mi mismo; mas el Padre que me envió, él me dió mandamiento de lo que he de decir ¿Será mera coincidencia que estos cuatro grupos de textos, o capítulos, 3, 5, 8 y 12, giren en torno al título del Hijo del Hombre? No es menos que consistente con la escatologia clásica judía, y con la de Jesús, de acuerdo con los sinópticos, que el personaje central del juicio final sería el Hijo del Hombre. El será el Juez del fin. Pero también será el Parakleto ante el Padre; porque es el Justo que murió por los pecadores del mundo (1 Juan 2:1). Y en este mismo momento, testificando ante el Padre, ejecuta juicio mediante su Palabra. Cual la proa de un barco, dividiendo las aguas a izquierda y derecha, constriñe los hombres a declararse a favor o en contra suya. Así su juicio es presente y futuro. El proceso del juicio se revela tanto en la tierra como en el cielo: el Testigo que vino del cielo, de quien dan testimonio Dios mismo, sus obras, las Escrituras y Juan el Bautista-aquel que se constituyó en el objeto del ataque del mundo (primeramente oculto y luego abiertamente) es el que está a punto de ser condenado por los hombres. Pero no cesa de dar testimonio al mundo de que sus obras son malas (7:7); no necesita que nadie le diga lo que hay en el hombre; él mismo conoce lo que hay en el hombre (2:25), porque él es el Juez, quien es luz y quien derrama la luz (3:21). Ante la corte de Anás, Jesús se comporta como un testigo (18:23), y ante la corte de Pilato (18:37) afirma que vino al mundo a dar testimonio de la verdad. La verdad es que el mundo está condenado y que el que está condenándolo es el único hombre justo y verdadero. En el curso de este gigantesco debate jurídico, del cual consiste la vocación terrenal de Jesús, emergen otras figuras como: el notable Juan Bautista, los testigos oculares, los que le escucharon (3:28) y la multitud que da testimonio de la resurrección de Lázaro (12:17). Después de la resurrección sigue el debate; ante un mundo hostil, el testigo por excelencia será el Espíritu. El a su testimonio mediante el agua del bautismo y la sangre del Crucificado; y estos tres son uno; el Espíritu es como el Hijo y el Padre, verdad en sí mismo (1 Juan 5:6). El testimonio del Espíritu hace que los discípulos testifiquen ante el mundo (15:26-27). Y sobre esto, Juan desarrolla toda una teología del testimonio interno y externo del Espíritu que cobra significado sólo cuando se contempla sobre el trasfondo de la lucha entre los creyentes y el mundo; lucha que se desarrolla tanto ante el tribunal interior del creyente como ante el tribunal exterior del mundo (15:26-27). Pero, a fin de apreciar correctamente esta nueva fase del conflicto terrenal y su conexión con Jesús, debemos apreciar el drama desde el plano celestial y cósmico. En este punto, la kerigma de Juan queda más bien encubierta. Pero lo que descubre es bastante claro. Al momento de aceptar el Hijo del hombre su glorificación (esto es, quedar enterrado en las tinieblas de la condenación y de la muerte), y cuando la voz celestial dice en confirmación, ". lo he glorificado, y lo glorificaré otra vez" (12:23, 28), Jesús declara: "Ahora es el juicio de este mundo; ahora el príncipe de este mundo será echado fuera. Y yo, si fuere levantado de la tierra, a todos traeré a mi mismo" (12:31, 32). Este texto bastaría por sí solo para destruir el prejuicio actual que afirma que para Juan, el juicio es algo puramente interior, inmanente y espiritual, y que él interioriza la escatología primitiva de Jesús, y espera del futuro sólo la presencia continua del Espíritu. De hecho, la lucha incluye un aspecto trascendental y un juicio final. Pero el asunto es que Juan es muy reservado en lo que toca al mundo trascendental y al futuro. Sucede que él tomó sencillamente muy en serio la verdad de que sólo el Hijo del hombre conoce la vida del mundo venidero y que prohibió las especulaciones apocalípticas respecto de este mundo y del más allá. Con todo, las pocas vislumbres del más allá que él permite, bastan para mostrarnos que tanto la escatología como cualquier otra cosa, se concentran estrictamente en la cristología. En el Hijo del Hombre, el Juez del futuro, el juicio ya está misteriosamente presente. En el mismo instante que el Hijo del Hombre acepta la muerte, toma lugar ante la presencia de Dios el evento decisivo: Satán es echado fuera. Aquel, cuyo nombre es "acusador" queda expulsado de la presencia divina. Ese es el juicio de este mundo. El dominio de Satanás queda quebrantado. Este texto no podría tener mejor comentario que el del himno apocalíptico (Apoc. 12:10-12): "Ahora ha venido la salvación, y la virtud, y el reino de nuestro Dios, y el poder de su Cristo; porque el acusador de nuestros hermanos ha sido arrojado, el cual los acusaba delante de nuestro Dios día y noche. Y ellos le han vencido por la sangre del Cordero, y por la palabra de su testimonio ¿Podrá sostenerse que porque este evento esté considerado como pasado, el Apocalipsis lleve una escatología espiritualizada e interiorizada? El himno continúa con la advertencia para los hombres de que el diablo descendió a la tierra teniendo grande ira, sabiendo que su tiempo es corto. Similarmente el Evangelio de Juan admite que Satán seguirá obrando sobre la tierra. Habrá una disyunción trágica, pero provisoria, entre las series de los eventos celestiales y terrenales. Pero la contienda que termina en la condenación de Jesús, va acompañada de lo que culmina en la condenación de atanás, el acusador. Y, con su visión profética, el Cristo de Juan-y Juan también-ve eventos trascendentes y futuros contenidos ya en eventos terrenales y actuales. El Hijo del Hombre, exaltado sobre la cruz y levantado al mismo tiempo en forma paradójica hasta la gloria del Padre, tomará el lugar del acusador para reinar como Intercesor, como Parakleto. Parakleto delante de Dios. Siendo él el Justo, es la propiciación por los pecados del mundo entero (1 Juan 2:1). De aquí que será capaz de traer a sí todos los hombres (12:32). ¿Cómo lo hará? Mediante el Espíritu, hasta el día del advenimiento final para la resurrección general y el juicio final. ¿No tendrá significado que la función del Espíritu se describa con más regularidad en Juan en términos jurídicos que en el resto del Nuevo Testamento? El es el Parakleto, él da testimonio, él convence al mundo de pecado, de justicia y de juicio. El es el Testigo por excelencia: él es la verdad que se opone al falso testimonio. Si los exégetas no saben qué hacer con el EspírituParakleto, es porque no comprenden que tiene significado sólo dentro del marco del conflicto cósmico. Aún en el pensamiento judío se asigua al Espíritu un rol jurídico preciso.8 Preiss señala además la forma como el Evangelio de Juan complementa al de Pablo: Si por una parte es menos detallado que Pablo, tocante al aspecto subjetivo de la justificación, por la otra es más preciso que Pablo respecto al conflicto cósmico. . . No todos los personajes de este drama de justificación eran conocidos entonces. Satán, el acusador, había sido olvidado. El drama se había tornado en lo particular en un asunto no temporal, personal e interior; separado aislado del gran drama cósmico de la venida del Reino y su justicia y de la victoria sobre Satán. ¿No es significativo que la exégesis fracase aún, no reconociendo que la parábola del Juez Injusto (Luc. 18:1-8), tanto como su hermana gemela del fariseo y el publicano, traten con la justificación más en su aspecto objetivo; es decir del gran choque entre Dios y su Elegido por una parte y Satán y sus partidarios por la otra?... ¿Acaso no se centra la escatología como un todo en el juicio de Dios sobre el mundo? ¿Y no incluirá ésta siempre como consecuencia un aspecto jurídico absolutamente esencial? ¿Y no será el Juez el Hijo del Hombre, personaje central de este conflicto entre Dios y el príncipe de este mundo? Todo cuanto Pablo dice de la justificación es nada menos que una parte integral de lo que uno puede llamar, por falta de un mejor término, el conflicto cósmico. En conexión con esto puedo mencionar, aparte de Lucas 18:1-8, la grandiosa visión de la corte de justicia celestial que forma el clímax del proceso de la justificación (Rom. 8). Si deseamos vencer nuestra dificultad para apreciar las verdaderas dimensiones de esta doctrina, debemos romper este hábito antiguo que se remonta quizá hasta el siglo segundo, antes de la Reforma, y que enfatiza unilateralmente el aspecto puramente individual y subjetivo de esta importante doctrina. Pero aquí no estamos ocupados en la tarea de demostrar cómo esta distorsión empobrece la kerigma bíblica y oscurece su espléndida unidad. Señalaremos sencillamente que ha exagerado indebidamente la diferencia entre Pablo y Juan. Porque el pensamiento de Juan coloca ante nosotros precisamente este aspecto objetivo y cósmico del gran conflicto.9 Nos volveremos ahora a la obra de Allison Trites. Gran parte de su libro, The New Testament Concept of Witness, trata con el cuerpo de la literatura escrita por Juan, dado que éste usa la palabra testimonio (o testigo) cerca de setenta veces-más que cualquier otro escritor del Nuevo Testamento. Dice Trites: Igual que Isaías 40-45, el cuarto Evangelio es de importancia particular, porque presenta un uso constante de la metáfora jurídica.. Para empezar, diremos que frecuentemente los dichos de Jesús en el cuarto Evangelio son descritos como "discurso", pero más bien y comúnmente, son debate jurídico. Las discusiones de Jesús con "los judíos" suenan como un proceso legal: de hecho, los primeros doce capítulos llevan como tema principal el conflicto de Jesús con el lou&íio lloudaioil, que representa al mundo incrédulo en su hostilidad hacia Dios. El Profesor Johnston señala que "toda esta sección lleva la forma de un gran debate o sesión legal". La "argumentación" que parece "tan positivamente repelente" para Burkitt es un elemento integral del cuarto Evangelio, y provee justamente el contexto de una contienda y debate dónde uno espera ver testigos llamados y evidencia presentada para sustanciar las afirmaciones de Cristo. ... La idea del testimonio en el Evangelio de Juan es tanto implícita como ampliamente prominente así como totalmente jurídica y debe entenderse en términos del lenguaje legal del Antiguo Testamento. Otras palabras jurídicas aparecen en el cuarto E vangelio en el contexto de la hostilidad y el debate con una frecuencia notable. El uso de palabras griegas tales como Kpícytq [krisis] (once veces), KpivEív jjkrineinj (diecinueve veces), KPI*ta [krima] (9:39), Karryyopía [kategoriaj (18:29), ~cutiyyoptv [kategoreinj (5:45, dos veces), úiroKpivsoO«1 [apokrinesthaij 5:17, 19), úitói. En vez de ser la cruz su juicio, es realmente el juicio del mundo; por éste, toda boca se tapa y el mundo entero se encuentra culpable ante Dios (12:31; compárese con Rom. 3:19). El &áf3oXo~ [diabolos] está activo oponiéndose a Cristo <8:44; 13:2); como ó Zataváq [ho Satanás] utiliza a Judas, ó vió; ti~ &aro,XEía; [ho huios tes apoleias] en la maquinación de la traición y arresto (13:27; 17:11; compárese con 18:2-12 y 6:70 donde Judas mismo es llamado &úI~o~o; [diabolos]). Sin em- bargo, la cruz trae consigo la derrota legal de Satán. El ¿ipxow xo~?T KóOl.1OU [archon tou kosmou], mencionado en el 12:31, en el 14:30 y en el 16:11 es "echado fuera" de la Corte Celestial, para que no pueda acusar más a los que siguen a Cristo; fué vencido mediante el levantamiento del Hijo del Hombre (12:3 1 en adelante, donde se nota un significado doble para óx~,oúv ~hupsounj; compárese con Job. 1:6-12; 2:1-6; Zac. 3:1 en adelante; Apoc. 12:9-12). Los cargos del mundo y de los judíos contra Jesús fueron probados falsos-punto sugerido apocalípticamente por la expulsión del fiscal celestial (~K)3X110i~ovra1 [ekblethesetai], 12:3 1). ~'El príncipe de este mundo fue juzgado y declarado sin derecho justo o demanda sobre el pueblo de Dios". Inversamente, mediante la victoria judicial, Jesús adquiere un derecho legal sobre todos los hombres-idea que se clarifica cuando se comprende el trasfondo legal del i~t~v [helkeinj. La primera fase del proceso queda completada en ocasión de la "ascensión" del primer Abogado hasta el Padre <20:17), para pleitear, de acuerdo con 1 Juan, la causa de los pecadores creyentes ren la corte celestial <1 Juan 2:1; compárese con Juan 17:9 en adelante). La segunda fase comienza cuando el Espíritu desciende para funcionar como el Parakleto en la tierra (14:16, 25; 16:8-11)." Refiriéndose al libro de Apocalipsis, Trites cita las palabras de Caird: El uso repetido de las palabras "testigo" y "testimonio" es uno de los muchos puntos de semejanza entre el Apocalipsis y el cuarto Evangelio. En griego, tanto como en Inglés, estas palabras podrían tratarse como metáforas muertas, sin ninguna referencia consciente a la corte legal, que fue su uso primario. Pero ambos libros usan la palabra en un sentido forense principalmente. Inspirándose posiblemente en el ejemplo de segunda de Isaías, el autor del cuarto Evangelio presenta su argumento en la forma de un debate judicial, en el que comparecen testigo tras testigo hasta que el Abogado Divino, el Parakleto, tiene toda la evidencia necesaria para convencer al mundo de que Jesús es el Hijo de Dios, ganando así su caso. En el Apocalipsis, el escenario de una corte es más realista aún; dado que Jesús había llevado su testimonio ante el tribunal de Pilato y los mártires debían encarar un juez romano. Lo que deben recordar a medida que presentan su evidencia es que la evidencia está siendo oída en una corte de mayor autoridad, donde los juicios, que son justos y verdaderos, provienen del gran trono blanco.'2 Dice Trites: Bajo estas condiciones uno debería esperar que se le diera su peso total, en cualquier mensaje de aliento, a las palabras que llevan connotaciones foráneas. El uso de nombres tales como ~úpru~ [martus] (1:5; 2:13; 3:14; 11:3; 17:6), I.iapmpía Imarturia] (1:3, 9; 6:9; 11:7; 12:11, 17; 19:10; 20:4), oatavú ¡satanás] (2:9; 3:9; 12:9), á¡3o?~o~ [diabolos] <2:10; 12:9, 12), KtitTj~yo)p [kategor] (12:10), i